Gastos lugar trabajo - gastos deducibles autónomos - Asredcomercial asesoría online

IBÁÑEZ CALZADA GREGORIOOctober 27, 2019

Hoy , desde Asredcomercial asesoría online , os vamos a explicar los gastos relativos al centro de trabajo del autónomo , cuales con y sus particularidades . Desde el alquiler del propio centro , hasta los habituales de suministro relativos al mismo , también si trabajas desde casa .

Centro de Trabajo

Alquiler

Para poder deducir tanto el gasto en el IRPF como el IVA de la factura de alquiler se debe tratar de un local comercial. No será deducible el alquiler de la vivienda habitual.

Los documentos que respaldan el gasto y el IVA del arrendamiento de un local son las facturas, el contrato de arrendamiento de local comercial y el justificante bancario del pago.

Suministro (Luz,Agua,Internet,Teléfono, gastos relativos a la titularidad)

Si trabajas desde un local alquilado o en propiedad del autónomo, los gastos de suministros son totalmente deducibles. Para justificarlo, necesitas el contrato de alquiler y la factura del suministro a tu nombre. En caso de local alquilado, ten en cuenta que muchas compañías no emiten la factura a nombre del arrendatario; en este caso, el arrendador tendrá que incluir el suministro como mayor importe de la factura de alquiler.

Los gastos de titularidad del local son deducibles en proporción al porcentaje de titularidad del local que tenga el autónomo. Es decir, si el local es exclusivamente tuyo te corresponderá un porcentaje de titularidad del 100% pudiendo deducirte la totalidad de este tipo de gastos. Sin embargo, si el local se compró a medias con otra persona y cada uno pagó la mitad, te corresponderá un porcentaje de titularidad del 50% pudiendo deducirte la mitad del valor de los gastos de este tipo, excepto que se trate del cónyuge y sean bienes en común o gananciales, en cuyo caso también será deducible al 100%.

Si trabajas en un local alquilado, los gastos de titularidad son deducibles para los titulares del inmueble. Para que sea deducible para el arrendatario, es necesario que el arrendador introduzca esos conceptos en la factura de alquiler, repercutiéndole IVA y retención por el total y así venga indicado en el contrato.

Los documentos que respaldan los gastos relacionados con la titularidad de la vivienda (IBI, tasas de basuras, comunidad de propietarios, intereses de la hipoteca) son los justificantes bancarios; en el caso de intereses del préstamo, también tendremos el cuadro de amortización.

Vigilancia y Seguridad

Los gastos de vigilancia o seguridad se consideran un gasto deducible en IVA e IRPF siempre que tenga relación con el lugar de trabajo,  pero no será deducible si el lugar de trabajo es la vivienda habitual del autónomo. El gasto de vigilancia suele estar justificado por una factura.

Limpieza

El gasto por servicios de limpieza se considera deducible si está relacionado con el lugar del trabajo, siempre y cuando no se trate de la vivienda habitual del autónomo. En cuanto a la compra de productos de limpieza, sería conveniente llevar el control de inventario y realizar la compra a proveedores distintos a los habituales para uso particular. En todo caso, es competencia de Hacienda valorar las pruebas aportadas para demostrar la deducibilidad de los gastos, de tal manera que, si se considerase que no existe vinculación, los gastos no podrán ser fiscalmente deducibles.

El gasto de servicios de limpieza se justifica con una factura. Es aconsejable que en la factura venga indicada la dirección del local donde se realiza las labores de limpieza.

Trabajo desde Casa


En caso de trabajar desde casa, los suministros de la vivienda se pueden deducir en el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción existente entre los m² de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior. Es necesario haber comunicado en un modelo 037 tal circunstancia y además y disponer de la factura de la compañía de suministros.

EJEMPLO

Imaginemos que la vivienda habitual de un contribuyente tiene 100 m². El contribuyente afecta a la actividad económica que desarrolla 40 m², es decir 40/100= 40%. Los gastos anuales por suministros ascienden a 5.000 €. Porcentaje de deducción = 30% x 40% = 12%. Gastos deducibles: 5.000 € x 12% =600 €

Si no trabajas desde casa no podrás deducirte gastos relacionados con los suministros de tu vivienda habitual.

En caso de trabajar desde casa, los gastos propios de la titularidad de la vivienda (amortización del préstamo, IBI, comunidad de propietarios…), son deducibles en proporción a la parte de la vivienda destinada al desarrollo de la actividad y al porcentaje de titularidad del inmueble que tiene el autónomo si vive y trabaja en la misma vivienda.

EJEMPLO

Si la vivienda es del autónomo al 50%, y destina un 15% de la vivienda como lugar de trabajo, tendrá que aplicar estos dos porcentajes sobre el valor del gasto. Por tanto, el porcentaje de la deducción sería 50% x 15% = 7,5 %. Si la cuota mensual de la comunidad de propietarios es de 60 euros: 60 € x 7,5%= 4,5 €


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